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La presente pagina es un servicio de informacion facilitado por el Servicio Consular de los Estados Unidos en República Dominicana. Los siguientes servicios no son ofrecidos por este Consulado General de la República Dominicana en New York |
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SERVICIO DE VISAS DE NO-INMIGRANTES |
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AVISO: Se le requerirá la cedula de identidad personal a toda persona que desee realizar cualquier gestión en la Sección Consular. Instrucciones
para Solicitantes de Visa de No-Inmigrantes: Los
solicitantes de Visas de No-Inmigrantes deberán mandar o llevar su
pasaporte válido por más de 6 meses, y una cuota de setecientos
sesenta y cinco pesos no reembolsables a cualquier sucursal del Banco
Popular en la República Dominicana, en donde la persona recibirá una
solicitud de visa con un recibo anexo indicando la fecha y la hora de la
entrevista, y las instrucciones que detallan los documentos que pueden
presentar el día de la entrevista. Necesita entrevista toda aquella
persona que solicite visa por primera vez o que la última o única visa
obtenida haya sido por una sola entrada. Niños mayores de 14 años
deben presentarse en compañía de sus padres. También necesitan
presentarse todas las personas con visas que hayan sido canceladas por
algún oficial consular o de inmigración y personas que deseen
solicitar por algún tipo de visa diferente a la que ya poseen. Solicitud
de Visa por Primera Vez: Para
obtener una Visa de No-Inmigrante por primera vez, el solicitante
necesita una cita para una entrevista con un oficial consular. Las citas
son de las 7:30 hasta las 11 de la mañana cada día laborable. Necesita
traer su pasaporte, una solicitud de visa con recibo de pago anexo, que
será suministrado al momento de realizar su pago de la cuota (765
pesos) en cualquiera de las sucursales de los Banco Popular. Documentos
que podrán ser pedidos el día de la entrevista incluyen, documentos
que demuestren que reside y posee una situación familiar y económica
bien estable en su país, el cual no tiene intención de abandonar para
vivir y trabajar en los E.U., pasaportes anteriores, actas de nacimiento
y matrimonio original y legalizadas, carta de trabajo, cartas de banco y
estados de cuenta, títulos de propiedades si las posee y matrículas de
vehículos de motor en originales. Información
de Renovación: Para
renovar visas de paseo de un año en adelante con entradas múltiples y
que hayan vencido dentro de los últimos tres años, la persona debe ir
al Banco Popular para pagar la cuota de 765 pesos. Recibirá un recibo
de pago que indica como someter el pasaporte para la renovación de la
visa. Se
puede depositar los pasaportes para renovación de visas múltiples cada
día laborable entre las 8:00 y 12:00 de la mañana en la casilla 7 de
la Sección Consular. Visas
de Menores Cuyos Padres Tienen Visa: Para
visas de hijos legítimos o legitimados menores de 14 años de edad, los
pasaportes pueden ser depositados como renovación en compañía de los
pasaportes de sus padres debidamente visados, acta de nacimiento y
matrimonio certificadas y legalizadas, formulario completo y fotografía
de frente a color con fondo claro tamaño 2x2. AUNQUE EL RECIBO DE PAGO
INDICARA LA FECHA Y HORA PARA UNA CITA, NO
NECESITA VENIR A UNA ENTREVISTA, SOLO DEBE PAGAR LA CUOTA (765 PESOS) EN
EL BANCO POPLUAR Y VENIR A DEPOSITAR A LA CASILLA 7 CUALQUIER DIA
LABORABLE ENTRE 8:00 Y 12:00 A.M. Instrucciones
para Solicitar Visa de Estudiante: Toda
persona que solicite la visa de estudiante debe presentar su pasaporte válido,
por no menos de 6 meses de validez, solicitud completamente llena, foto
de frente, a color con fondo claro tamaño 2x2, y el formulario I-20 que
es el formulario que expide la universidad o colegio en los E.U. y el
recibo del Banco Popular por setecientos sesenta y cinco pesos no
reembolsables. Además los documentos de solvencia de las personas que
van a costear dichos estudios. Pasaportes
Perdidos o Robados: Para
reportes de pasaportes perdidos o robados, la persona debe traer a la
ventanilla #6, cualquier día laborable
entre las 8:00 y 12:00 de la mañana, una copia de la carta
expedida por la policía, copia de la carta de migración indicando las
entradas y salidas del país realizadas en los últimos dos años, una
foto reciente tamaño 2x2, y una carta personal explicando como sucedió
la pérdida o el robo, su nombre completo, la fecha y lugar de
nacimiento, e indicar si el pasaporte tenía visa vigente o no. Casos
de Visas Rechazadas: Hemos
suspendido el proceso de solicitudes por escrito de revisión. Toda
persona a quien se le haya rechazado su solicitud de visa puede obtener
otra cita pagando la cuota en el Banco Popular. Si no tiene nuevos datos
o información adicional, recomendamos que espere un año antes de
solicitar visa de nuevo. AVISO:
Se le requerirá la cédula de identidad personal a toda personal que
desee realizar cualquier gestión en la Sección Consular. INFORMACION GENERAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE VISAS DE RESIDENCIATodo peticionario (Ciudadano o residente) debe de llenarle una petición
(I-130 ) a su familiar inmediato en el Servicio de Inmigración y
Naturalización más cercano a su residencia. Clasificaciones para las solicitudes de inmigrantes bajo una peticion I-130: Parientes inmediatos de ciudadanos americanos (Estas peticiones, normalmente, tan pronto son aprobadas por el Servicio de Inmigración y enviadas al NVC para su procesamiento son enviadas seguidamente a cada país correspondiente sin esperar a que la fecha en que fueron llenadas entren en vigencia) IR-1 Esposo(a) de ciudadano americano (casado por más de 2
anos) Primera preferencia F1-1 Hijo(a) soltero mayor de 21 anos de ciudadano americano Las siguientes categorias estan sujetas a limitaciones numericas, es decir, segun su fecha de registro (fecha en la que le llenaron la peticion) las peticiones esperan en el National Visa Center (luego de ser aprobadas por el Servicio de Inmigración) a que su fecha de registro este en proceso para el PK3 (set de instrucciones que se le envia a todo solicitante desde el National Visa Center ) Segunda Preferencia F2-1 Esposo(a) de residente americano (mas de 2 anos de
matrimonio) FX Esposo(a) de un residente de los Estados Unidos Tercera Preferencia: F3-1 Hijo(a) casado de un ciudadano de los Estados Unidos Cuarta Preferencia: F4-1 Hermano(a) de un ciudadano de los Estados Unidos Categorias de ofertas de trabajo: Primera preferencia: E1-2 Excelente profesor o investigador Segunda Preferencia: E2-1 Profesional con un titulo avanzado o persona con
extraordinarias abilidades Tercera Preferencia E3-1 Trabajador con ciertas abilidades Tercera Preferencia ( sin abilidades especiales) EW-3 Trabajadores sin abilidades Immigrantes especiales: entre estos inmigrantes se encuentran los que siendo residentes una vez pierden su status de residentes y tratan de conseguir de nuevo su residencia: SB-1 Residente anteriormente de los Estados Unidos solicitando de nuevo por haberla perdido por alguna causa justificada. Estas personas no pueden incluir a nadie en su solicitud. Solicitudes de novio: Estas solicitudes necesitan una peticion I-129 la cual debera de ser llenada por el novio(a) en los Estados Unidos y luego de su aprobacion sera enviada al pais correspondiente para su proceso. Esta tipo de visado le permite entrar a territorio americano para la celebracion de su boda. K1 Novio(a) de un ciudadano americano Un solicitante no puede incluir a su hijo(a) en la solicitud si el novio(a) no lo ha incluido previamente en la petición. Solicitantes bajo el programa de DV (Diversidad de visa) DV-1 Solicitante principal Bajo esta categoria no califica la República Dominicana, sólamente
los paises mencionados a continuación: Asia todos son elegibles excepto los nacidos en China,
continental y Taiwan, India, Filipinas, Corea del Sur y Vietnan (Hong
Kong es elegible) Cualquier informacion para solicitar para este programa debera de concertar una cita previa para pasar por la Sección Consular por la ventanilla No. 14 a las 3pm. BREVE DESCRIPCION DEL PROCESO DE VISAS DE RESIDENCIA:Se necesita una petición (I-I30) llenada por el peticionario en el
Servicio de Inmigración. Luego de su aprobación será enviada al
National Visa Center (NVC) quien la procesará en su centro de computos
y las mantendrá en su Centro hasta que el solicitante devuelva el Pre-aviso
junto con la nueva declaración de sostenimiento al National Visa
Center. Luego de ser recibido y la información verificada será enviado
el caso para su proceso a la Sección Consular de Santo Domingo. PK3(a): Esto es solo una notificacion para el solicitante en la que le indica que su peticion ha sido aprobada, pero debido a que su fecha de registro no esta aún vigente para su procesamiento deberá de esperar hasta que le sea enviado un Pre-Aviso (PK3). PK3(Pre-Aviso): Es el set de instrucciones que se le envia al solicitante tan pronto su caso esta listo para empezar el proceso de su solicitud de visa de residencia. Segun las informaciones del pre-aviso deberá de ser devuelto al NVC o al Consulado. Es muy importante que lean detenidamente las instrucciones a seguir. PK4(Cita) Es el set de instrucciones que se le envia al solicitante ya con fecha especifica del dia de la cita, si califica, podrá obtener su visado de residencia el mismo dia. Quien necesita tomarse las huellas digitales? Solamente necesitan tomarse las huellas algunos solicitantes a los cuales se les indicará por medio de una cartita en la que se les informa que deberán venir a la Sección Consular. Su costo es de $25.00 U.S. dólares o su equivalente en pesos. La cita le será enviada por la Sección Consular por correo para venir a tomarse las huellas cualquier dia laborable a las 2:00pm. Casos pendientes de Investigación: Todo solicitante que no reuna con los requisitos para el visado de residencia, ya sea porque haya dudas en la documentación presentada o en la relacion del solicitante con el peticionario podría ser referido para investigación. Estos casos tienen un periodo de espera indeterminado, dependiendo de la zona, normalmente los de la ciudad de Santo Domingo, tienen que esperar alrededor de 6 meses y los del interior del pais suelen tomar más de 6 meses. En todos estos casos tan pronto la investigación es completada se le notificará al solicitante sobre la decisión final de la solicitud. El solicitante no debe de escribir, solamente si tiene algun cambio de direccion debe de informarlo lo antes posible. La seccion consular le notificará sobre el resultado de la investigación tan pronto ésta sea realizada. Costo de la entrevista de residencia y de la visa: El costo total es de U.S. $325.00 dólares o el equivalente en moneda dominicana, (260.00 dólares por la entrevista y 65.00 dólares por la visa) . Costo del exámen médico en la Clínica Abreu: El costo del exámen médico para los adultos (mayores de 16 anos)
es de U.S. $66.00 o el equivalente en pesos. Hay un costo adicional de
vacunación que la será indicado en la Clínica Abreu según su edad y
record médico. Permisos especiales (waivers) Información sobre las vacunas: Cambios recientes en las leyes de Inmigracion requieren que toda persona que solicita visa de residencia obtenga las siguientes vacunas: Paperas, sarampion, rubeola, polio, tetanos, toxoide difteria, influencia tipo (B)(HIB), hepatitis B, tosferina, varicela, neumococus e influenza. La Clinica Abreu le indicará al momento de realizar su examen médico cuales son las vacunas que el aplicante necesita. Solamente el médico puede determinar cual de las vacunas mencionadas son médicamente apropiadas para el aplicante, por su edad, historial médico y su condición médica actual. Costo de las vacunas El costo de las vacunas dependerá de la edad del solicitante en la hoja que se le envia junto con el PK4 (set de formularios para la cita) se le indicará mas o menos el costo a pagar. Esto varia, repetimos, segun la edad de la persona y segun el costo existente de vacunación. Permisos especiales (waivers) para las vacunas
Nueva declaración de sostenimiento, formulario I-864. Las leyes de inmigración de los Estados Unidos requiere que todas las solicitudes para visas de inmigrante esten acompanadas por una declaración de sostenimiento (Form I-864) que haya sido firmada por el peticionario y notarizadas en los Estados Unidos. Las personas que han devuelto la nueva declaración de sostenimiento junto con el pre-aviso no necesitan presentarla de nuevo el dia de la cita. Nota: Solamente las versiones del formulatio I-864 de fecha 6 de octubre, 1997 y 21 de enero, 1998, serán las únicas que se aceptarán para los propósitos de visado. Otras versiones no serán aceptadas. Los peticionarios y demás personas interesadas pueden obtener información adicional y copias del formulairo I-864 a través del servicio de auto-fax de la oficina de Asuntos Consulares (teléfono No. 202-647-3000), a través del WEB-SITE de la oficina de Asuntos Consulares: HTTP://TRAVEL.STATE.GOV/VISA-SERVICES.HTML o a través de las oficinas locales de Inmigración y Naturalización. El Centro Nacional de Visas (NVC) incluirá el nuevo formulario con los paquetes rutinarios de información. Las Embajadas y Consulados distribuirán el formulario I-864 al momento de enviar el paquete de información (Pre-aviso) a los solicitantes antes de la fecha de su entrevista. Es muy importante leer las instruccciones de éste Pre-aviso para saber a donde deberá de ser devuelto si al NVC o al Consulado. Propósito del formulario: El formulario I-864 es requerido para asistir al oficial en determinar si un posible immigrante tiene los medios económicos adecuados para su sostenimiento y que no se convertirá en carga pública. Al someter este formulario, el peticionario acepta reembolsar a cualquier agencia del gobierno o entidad privada en caso de proveer al fiador del extranjero con cualquier forma probada de beneficios públicos. Quién necesita una declaración de sostenimiento bajo la sección INA 213A? * Todos los inmigrantes pedidos por un familiar (incluyendo las
solicitudes de adopción) y Quién llena una declaración de sostenimiento bajo la sección INA 213A? La persona que llena esta declaración es el fiador * Para las solicitudes de relación familiar el fiador es el
peticionario, no importa el nivel de ingresos, deberá de llenar una
declaración de sostenimiento (I-864). Para las solicitudes a través de una oferta de empleo el
fiador deberá de ser el pariente peticionario o el pariente ue tenga
importantes intereses/propiedades en la entidad que pida al familiar. ***Información detallada en relación a las obligaciones del fiador bajo las nuevas provisiones e instrucciones para completar la nueva declaración de sostenimiento estará en el nuevo formulairo I-864.
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